¿Cuánto pagaré a HACIENDA al vender mi casa?
¡Vas a vender tu casa, finalmente! ¿Qué alegría no? Ya estás empaquetando todo porque has recibido incluso la señal de tu comprador y, en dos semanas, como mucho, ya estarás firmando en notaría y cobrando tu buen montoncito con el cual te quitarás una pequeña trampita, harás el viaje que tu pareja siempre ha soñado, y con el restante podrás vivir tranquilamente unos cuantos años más.
¿Ah, porque no has pensado a lo que tendrás que pagarle a Hacienda?
¿No sabes que en algunos casos hacienda te puede pedir para una venta hasta ALGUNAS decenas de miles de euro?
Vale, siéntate un momento porque tienes que saber bien todo esto antes de planificar adonde te irás de viaje.
Hola Soy Fran, y soy asesor de la inmobiliaria Viviendas en Chiclana.
Si estas vendiendo tu casa, tienes que pensar que, una vez hecha la compraventa deberás de pagar a hacienda el impuesto sobre el incremento de patrimonio, que es entre un 19 y un 26% del beneficio que has obtenido para la venta, o sea lo que has ganado al vender tu vivienda. Para entendernos, si compraste tu casa por 20.000€ veinte mil euros, y ahora la estás vendiendo por 80.000 ochenta mil, has ganado sesenta mil euros. Sobre esta cantidad pagarás entre un 19 y un 26 por ciento. ¿Es un buen dinero eh? ¡Haz la cuenta en un momento y lo verás!
Pero existe una forma, o mejor 4 formas, para evitar de pagar estas cantidades. Recuerda que suelen ser cantidades, en algunos casos, muy elevadas. Vamos a ver todos los detalles en este video.
Cuando vendas tu vivienda tendrás que tributar las ganancias patrimoniales a Hacienda. La ganancia patrimonial es la diferencia entre el precio que pagaste al comprar tu vivienda y el precio a la cual la vas a vender ahora. Los impuestos sobre esta cantidad varían entre un 19 diecinueve y un 26ventiseis por ciento %, o sea que pueden ser incluso varios miles de euros.
Pero existen unos supuestos que te pueden eximir de pagar estas cantidades. Vamos a verlos:
Supuesto n.1: si tienes más de 65 años y la casa que vendes es tu vivienda habitual, no tendrá que pagar ningún impuesto sobre la ganancia patrimonial que has obtenido;
Supuesto n.2: Si tienes menos de 65 años y vendes tu vivienda habitual, la ganancia patrimonial que tributa en IRPF puede quedar exenta si reinviertes el importe de la venta en comprar una nueva vivienda habitual. Tienes 2 años de tiempo desde la venta para hacerlo.
Supuesto n.3: Si no es tu vivienda habitual sino una segunda residencia, tienes más de 65 años y hay mucha ganancia patrimonial, ésta puede quedar exenta en IRPF si en el plazo de 6 meses desde la venta, contratas un seguro de renta vitalicia, hasta un máximo de 240.000 euros.
Y Supuesto n.4: Si no tienes 65 años y no es tu vivienda habitual para que la ganancia no tribute en IRPF tendrás que compensarlo con pérdidas de años anteriores pendientes de compensar, o con pérdidas del propio año por la venta de cualquier tipo de activo (inmuebles, acciones, fondos de inversión, etcétera etcétera).
Estos cuatro supuestos que hemos tratado describen las formas para evitar de pagar hacienda por la ganancia patrimonial que has obtenido al vender tu casa.
Si no tienes la suerte de entrar en uno de estos 4 supuestos amigo mío, tendrás que pagar tu parte a hacienda. Aun así, tienes que saber que existen unos gastos que podrás restar a estas cantidades para que te ahorre así un buen dinero porque, ya sabes, hacienda somos todos.
En el próximo video te hablaré de esto así que, atento a las notificaciones. Espero que estas informaciones que te he brindado te sean de ayudas, y si te ha mi gustado mi forma de explicarte las cosas, SUSCRÍBETE A MI CANAL, y activa la campanita, para ser avisado, cada vez, que publique, un nuevo video. ADEMAS, me interesaría mucho, saber lo que piensas de todo lo que hemos hablado en un comentario, que puedes poner, aquí abajo y ¿por qué no? incluso UN ME GUSTA ¡si no crees que estoy pidiendo mucho!
¡hasta pronto desde Chiclana de la Frontera!